El director de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Vivienda (Mvotma), arquitecto Roberto Villamarzo, explicó esta mañana que la nueva y polémica Ley de Ordenamiento Territorial, básicamente lo que genera son instrumentos para la gestión global del territorio mediante la elaboración de planes, y sobre todo apostando fuertemente a la descentralización. Contrariamente a lo dicho desde algunos sectores, el jerarca subrayó que la discusión de la ley aprobada el pasado miércoles, es de muy larga data.
“Esta caja de herramientas jurídicas para la gestión territorial queda en manos de los gobiernos departamentales”, dijo, y aclaró que su tratamiento es de muy larga data. El origen data del año 2005, durante un encuentro con los 19 intendentes municipales reunidos en la ciudad de Durazno.
Respecto a los aspectos que han generado más polémicas desde la promulgación de la ley, Villamarzo explicó que “fue un agregado muy breve que se hizo en plena sesión del Senado; o sea después de dos años y medio de discusión, estuvo casi un año y medio en la comisión del Senado donde se recibieron numerosas delegaciones”. Ese agregado tiene un objetivo claro, según el jerarca, en las zonas urbanas del área metropolitana (Artículo 83, Numeral 3, Inciso C), pero reconoció que fue imperfecto “porque no contempla todas las realidades que existen en el país”, razón por la cual se redactará una ley interpretativa en un plazo que debe definir el parlamento, en tanto que la ley deberá ser reglamentada en el plazo de un año.
INCIDENCIA EN LAS GRANDES INVERSIONES
El arquitecto Villamarzo explicó que la nueva ley claramente establece un límite para los emprendimientos en zonas urbanas, pero que no incidirá negativamente en iniciativas tendientes a crear barrios privados o complejos habitacionales cerrados.
Dijo que lo que sucedido por un diseño urbano mal proyectado, es que ha habido grandes intervenciones que han generado interrupciones en la circulación, “por la inserción de barrios, conjuntos habitacionales cerrados; eso interrumpe la trama urbana, la espacialidad de la ciudad y genera conflictividades, puntos muertos, de difícil seguridad; aunque adentro de ese conjunto la seguridad pueda ser muy buena, en el resto de la ciudad se ve dificultada y perjudicada”, pero reconoció que en ese aspecto hay que matizar para atender otras realidades como pueden ser los emprendimientos de turismo residencial o de turismo climático, como se denominan en Europa.
EL PLAZO DE LAS PRESCRIPCIONES
Respecto a la prescripción adquisitiva que de 30 años pasó a 5, Villamarzo explicó que el cometido de ese instrumento, es proporcionar herramientas para superar las limitaciones de funcionamiento del mercado de suelos. “El suelo es clave para el desarrollo urbano, para el desarrollo productivo; es una mercancía imprescindible que esté en el mercado, porque cualquiera que va a producir o a hacer un desarrollo urbano, precisa suelo. Pero si el suelo está inmovilizado por distintas razones, sobre todo por fines especulativos, lo que tiene que buscar la sociedad es que el suelo vuelva al mercado, y que el que quiera especular que compre oro o divisas, que no atesore suelos”.
En tal sentido dijo que una de las formas clásicas de especulación, es permitir los asentamientos irregulares, y que en las últimas décadas muchos propietarios han estimulado y han promovido el nacimiento de asentamientos irregulares, porque aumentan el valor de las propiedades.
“Una tierra que vale 20 centavos de dólar, después que se instalan familias vale 20 dólares el metro cuadrado. Es un gran negocio que se ocupe, entonces ese artículo lo que busca es que los propietarios no hagan eso, porque lo pierden; pero además si hacen algo para evitarlo, no corre la prescripción”, aclaró. “Por eso la prescripción se interrumpe si el propietario hace algo para evitarlo, agregó, y dijo que en otros casos que se puedan dar, con la ocupación de un terreno, de pronto adquirido para en algún momento construir una vivienda, el propietario “tendrá que hacer el juicio de prescripción y ganarlo, aunque no es automático obviamente. Estamos en un estado de derecho y lo va a resolver la justicia”.
A modo de ejemplo dijo: “piense en un baldío urbano en el centro de la ciudad de Maldonado; que es inconveniente porque interrumpe la continuidad comercial, genera un lugar peligroso, porque es oscuro. Entones si el plan dice que ahí no puede haber un baldío, el gobierno departamental tiene que tener mecanismos para lograr que eso pase; no puede ser que quede en letra muerta, y la ley genera una serie de mecanismos para que el gobierno pueda actuar, no solo regular”.
En relación a construcciones inconclusas, torres o complejos de apartamentos, como hay infinidad en distintas ciudades del departamento de Maldonado, Roberto Villamarzo dijo que con la nueva ley se generan mecanismos tales como la expropiación, o la creación de perímetros urbanos acotados, “en el cual se pueda instrumentar un negocio de cooperación público-privado. La ley plantea las empresas de economía mixta para el desarrollo territorial”.
Redactado: R.A.