Dos hombres fueron condenados por la Juez de Paz Departamental de 1º Turno en base a incumplimientos a la Ley de Faltas.
A.E.P.F., tendrá que cumplir la pena de 7 días de prestación de trabajo comunitario, en calidad de autor penalmente responsable de la falta de conducción de vehículos motorizados en grave estado de embriaguez.
Por su parte, M.E.B.R., deberá cumplir la pena de 10 días de prestación de trabajo comunitario, en calidad de autor penalmente responsable por el mismo delito del anterior.