Hoy Martes 31 se vota en el plenario de la Junta Departamental de Maldonado el pedido de Intervención al Tribunal de Cuentas presentado por los Ediles del Partido Nacional Julio Pintos y Wenceslao Seré, para que este se expida sobre la posible violación del art. 289 de la Constitución por parte del Dr. Enrique Pérez Morad
Hoy Martes 31 se vota en el plenario de la Junta Departamental de Maldonado el pedido de Intervención al Tribunal de Cuentas presentado por los Ediles del Partido Nacional Julio Pintos y Wenceslao Seré, para que este se expida sobre la posible violación del art. 289 de la Constitución por parte del Dr. Enrique Pérez Morad, por haber asumido como Intendente Municipal mientras simultáneamente cobraba sueldo en una empresa que le vendía servicios al Municipio y si los pagos recibidos como Intendente interino son ajustados a derecho. Dicha moción precisa el voto de 11 ediles, lo la cual sería concretado según dijo el Edil Pintos “que el tema ya fue planteado en la bancada del Partido Nacional y hay acuerdo para aprobar dicho pedido de intervención”. Los blancos tienen 15 votos en la Junta Departamental. Las preguntas que le realizan Pintos y Seré al Tribunal de Cuentas son las siguientes:
1.¿Es incompatible el cargo de Intendente Municipal que ocupó el Dr. Enrique Pérez Morad con el de ser socio cooperativista y cobrar sueldo como médico en la Empresa Asistencial Medica Departamental, la cual le vende servicios al Municipio?
2.¿Son ajustados a derecho los pagos realizados al Dr. Enrique Pérez Morad como Intendente Municipal en los casos en que este efectivamente asumió como Intendente y simultáneamente la Empresa Asistencial Medica Departamental le vendía servicios al Municipio?
El art. 289 de la Constitución estipula que es incompatible el cargo de Intendente Municipal con cualquier situación personal que importe recibir sueldo o retribución por empresas que contraten con el Gobierno Departamental.