La Magistrada de la Sede de Paz Departamental de 2do turno dispuso que un hombre identificado como P.D.Z.I. de 41 años de edad, deberá cumplir 8 días de prestación de trabajo comunitario.
P.D.Z.I. fue encontrado autor responsable de la falta prevista en el Art. 365 numerales 2 y 3, de la Ley 19.120 del Código Penal, es decir conducir vehículo sin la autorización correspondiente y en grave estado de embriaguez.